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La NOM-151, establece que la firma autógrafa o manuscrita tienen la misma validez jurídica. Esto significa que los documentos firmados electrónicamente tienen la misma fuerza legal que los documentos en papel.
La NOM-151, es considerada una de las regulaciones más avanzadas y completas en América Latina. Su enfoque en la autenticidad, integridad y validez jurídica de la firma electrónica ha sentado las bases para el desarrollo de sistemas seguros y confiables en el ámbito digital.
Los documentos firmados electrónicamente deben de tener una constancia de conservación para cualquier modificación posterior, además establece que éstas tendrán un almacenamiento seguro y un acceso controlado, por lo que exige medidas de seguridad como encriptación y autenticación.